Nuestra sociedad chilena, está bajo nuevos aires de cultural y masificación de esta, a veces sin saber lo que significa el adquirir algún producto cultural que no sea original.
En Chile, desde hace varios años que la sociedad está más interesada en adquirir diferentes fuentes para su educación, entretención etc. , siendo la internet, con todas las herramientas que esta nos entrega, pasando a ser algo fundamental para el trabajo y aprendizaje de todos los chilenos.
Pero existe un grave problema, el cual cada vez es más común entre todos, el utilizar programas o material que posee un autor o dueño en particular, pero esto que parece algo tan normal no lo es así, ya que esto representa una infracción grave a la Ley 17.336 de Propiedad Intelectual, la cual protege los derechos que adquieren los autores al realizar una obra, puede ser artística, literaria y científica, cualquier sea su forma de expresión, incluyendo los software.
La mayoría de los chilenos desconoce la existencia que dicha Ley, por lo tanto no concibe que se está cometiendo una falta grave, por ende, es necesario el poder dar a conocer en forma masiva lo que pretende esta Ley y las sanciones que respectan al no ser cumplida y respetada, ya que no solamente protege a los autores chilenos, sino que también a autores extranjeros domiciliados en Chile y lo que no se domicilian en Chile, se les ofrece protección por las convenciones internacionales que firmo y ratifico nuestro país.
Es necesarios poder tomar decisiones para poder entregar la mayor información posible y que esta sea comprendidas por todos, pero también es una tarea como futuras educadoras y consumidoras de todas estas herramientas, el dar a conocer en nuestro circulo profesional, nuestro niños, niñas y sus familias, siendo una tarea de todos los trabajadores de la educación, para que todos nuestros alumnos, no solos los preescolares sean consientes de esta Ley.

Foro Sociedad Intelectual del Conocimiento



¿En qué consiste, en términos generales, la ley 17.336 de propiedad intelectual?
La ley de Propiedad Intelectual, protege los derechos que adquieren los autores al realizar una obra, puede ser artística, literaria y científica, cualquier sea su forma de expresión.
También el derecho de autor, comprende los derechos patrimoniales y morales, que protegen el aprovechamiento, paternidad e integridad de una obra.
Protege a los autores chiles y extranjeros domiciliados en Chile y los que no son domiciliados en Chile, se les ofrece protección por las convenciones internacionales que nuestro país ha suscrito y ratificado.
¿Cuáles son las sanciones que establece esta ley?
Las infracciones a esta ley serán sancionadas con multa de 5 a 50 unidades tributarias mensuales. La misma sanción se aplicará a las contravenciones al Reglamento.
El que publique o exhibe una obra que pertenece al patrimonio cultural común, bajo un nombre falso, será penado con una multa de dos a cuatro sueldos vitales anuales.
Los autores serán sancionados con la pena de presidio o reclusión en su grado mínimo, aumentándose en un grado en caso de reincidencia.
¿Qué es una licencia de software?
La licencia de software es un
contrato entre el titular del derecho de autor (propietario) y el usuario del programa informático (usuario final), para utilizar éste en una forma determinada y de conformidad con unas condiciones convenidas.
¿Cuándo copio y utilizo un software sin licencia cometo un delito? ¿Por qué?
Si esa copia o utiliza un software sin licencia se comete un delito, ya que se estaría ultrajando una creación de un autor determinado, sin su autorización, por lo cual no tendríamos la licencia, esto puede ser clasificado como robo, ya que existen compromisos económicos, por lo que es una perdida para el autor y el país.
Para evitar esto, se debe contratar la licencia, en donde se autorice la utilización del software por el autor.


¿Qué impacto tiene el tratado de libre comercio con EEUU en las normativas chilenas que regulan la propiedad intelectual?
Se protegen los derechos de autor. Pero también se fortalecen los lazos de cooperación y mejores relaciones entre los dos países, encargándose de potenciar el desarrollo comercial, con más seguridad y amplitud.
Opinión personal en torno a la incidencia que tiene la ley de propiedad intelectual en el ámbito educativo.
Nuestra opinión como futuras educadoras, es que es fundamental el poder resguardar la propiedad intelectual de los autores en sus diferentes expresiones, ya que es una ayuda para nosotros como usuarios y para el país y por otro lado respalda la calidad de los productos. Pero por otro lado, se debería regular de alguna manera la copia, ya que a veces es muy caro el poder optar a los originales.

Características de un Buen Material Didáctico


En primer lugar, todo material didáctico debe poseer como foco central el juego con una intencionalidad pedagógica, pudiendo generar de esta forma diferentes aprendizajes. Todo material didáctico en enriquece el ambiente educativo, pues posibilita al educador, generar situaciones de aprendizaje entretenidas y significativas para los niños y niñas, estimulando la interacción con los pares y por lo tanto también se desarrollan habilidad sociales.
Las características de un buen material didáctico digital son:
- Debe poseer una finalidad educativa clara, (para que y como se emplea).
- Debe ayudar a comprender a los niños y niñas que lo utilizan, conceptos y por ende la aplicación de estos.
- Debe ser cercano a la realidad, para que los niños (as) se puedan sentir involucrados en ellas, con el propósito que se ubicara en esa situación y no le fuera tan difícil comprenderlo.
- Conocer el tipo de programación utilizada para realizar el material didáctico, relativo a los software, incluyendo un abanico de soportes y recorridos posibles en caso de algún problema del material, no teniendo que acudir a expertos en informática para resolverlo.
- La dimensión del diseño incluye dos espacios de actuación relacionados: el diseño gráfico y el diseño de información. En la primera categoría se incluye la selección de colores, las tipografía, la puesta en página, etc. En la segunda, la tarea se orienta hacia la organización de la información para su transmisión. La dimensión del diseño concierne a la utilización de los recursos semióticos existentes para facilitar la lectura del material por parte del destinatario.
- La dimensión didáctica se refiere el tratamiento pedagógico del contenido. Dentro de esta categoría se incluye la explicitación de objetivos, las formas de presentación del contenido, el uso de facilitadores del aprendizaje.

- La dimensión ideológica, que puede ser dividida en dos tipos de valoraciones: la que desarrolla todo usuario del material y la que llevan a cabo los analistas críticos, quienes, a través de una serie de estrategias metodológicas, relevan las concepciones subyacentes acerca del orden social y la visión de sujeto que todo texto incluye. Los valores y los contravalores tales como la cooperación, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, los estereotipos, la discriminación, la violencia, etcétera, las concepciones sobre la enseñanza y el aprendizaje y el modelo comunicativo subyacente son algunas cuestiones a considerar dentro de esta dimensión.


Ana María Abusleme
5 de Junio 2009